Congreso aprueba nueva exoneración de IGV solo para pollo, huevos, fideos, pan y azúcar
La exoneración de los productos de la canasta básica estarán vigentes hasta el 31 de julio de este año. Gremios y analistas advierten que su efectividad no sería la esperada.
:quality(75)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/elcomercio/43UOUYCJEBHUFD7UCXP5GO74VI.jpg)
Pese a la advertencia de analistas y gremios productores de pollos, huevos, panes y la industria en general que los efectos de la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) no tendría un impacto real en los gastos de las familias e incluso podrían generar un incremento en su valor el Congreso aprobó -ahora con la participación del Gobierno- la exoneración del IGV.
Con 95 votos a favor, 10 en contra y 3 abstenciones, el Pleno del Congreso de la República aprobó, luego de las modificaciones que planteó el Gobierno, en el que se considera solo al pollo, huevos, fideos, pan y azúcar.
De esta manera se allanaron a la propuesta enviada por el Ejecutivo sobre la autógrafa previamente aprobada en la que se incluía productos que no eran de consumo masivo.
La exoneración estará vigente hasta el 31 de julio de 2022 (tres meses, asumiendo que la ley se publica en abril y rige desde el 1 de mayo). Este fue el plazo original que planteó el Ejecutivo, a diferencia de la autógrafa del Legislativo, que lo extendía hasta el 31 de diciembre de este año.
Sobre el crédito fiscal
En la nueva ley aprobada se elimina el planteamiento del Parlamento de devolver el crédito fiscal acumulado (IGV pagado en las compras) de todas las materias primas, insumos y otros bienes y servicios utilizados en el proceso productivo.
FUENTE: GESTION